Real Decreto 1312/2024, que regula el Registro Único de Arrendamientos y la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos:
- Domingo José Pérez Domínguez
- 28 dic 2024
- 3 Min. de lectura
1. ¿Qué regula este Real Decreto?
Establece:
Registro Único de Arrendamientos para inmuebles destinados a alquileres de corta duración.
Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para gestionar y compartir datos entre arrendadores, plataformas digitales y autoridades.
Normas para garantizar transparencia, seguridad jurídica y control sobre el mercado de alquileres temporales.
2. ¿Por qué se aprueba esta normativa?
Regular el rápido crecimiento de los alquileres de corta duración debido a plataformas digitales.
Evitar la disminución de viviendas destinadas al alquiler de larga duración.
Cumplir con el Reglamento (UE) 2024/1028 sobre la recogida e intercambio de datos en alquileres temporales.
Facilitar la inspección y control de estos servicios para evitar fraudes y asegurar el cumplimiento de normas locales y europeas.
3. ¿A quién afecta?
Arrendadores: Personas físicas o jurídicas que ofrezcan alquileres de corta duración, turísticos o no.
Plataformas digitales: Empresas que gestionan anuncios y reservas de alquileres temporales.
Autoridades públicas: Encargadas de inspección, control y regulación.
4. ¿Dónde se hace el registro?
Registro de la Propiedad: Para viviendas y unidades inmobiliarias.
Registro de Bienes Muebles: Para embarcaciones u otros alojamientos flotantes.
5. ¿Cómo se realiza el registro?
Electrónicamente: A través de la sede del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.
Presencialmente: En las oficinas del registro correspondiente.
Documentación necesaria:
1. Datos del inmueble (dirección, referencia catastral, tipo de unidad, capacidad).
2. Identificación del arrendador (nombre, NIF, domicilio, contacto).
3. Licencias o autorizaciones locales necesarias para el uso previsto.
4. Declaración de cumplimiento de requisitos específicos según la normativa aplicable.
6. ¿Cuándo entra en vigor?
2 de enero de 2025: Comienza la normativa.
1 de julio de 2025: Finaliza el plazo para adaptaciones tecnológicas y operativas.
7. ¿Qué es la Ventanilla Única Digital?
Es una plataforma digital gestionada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para:
Recibir y compartir datos entre plataformas de alquiler y autoridades.
Supervisar el cumplimiento de la normativa.
Proveer información pública sobre los registros.
Facilitar inspecciones y controlar fraudes.
8. Obligaciones para arrendadores:
1. Registro Obligatorio: Obtener un número de registro único para cada unidad alquilada.
2. Actualización de Datos: Informar sobre cambios en las características del inmueble.
3. Cumplimiento Legal: Disponer de licencias necesarias según normativa local o autonómica.
4. Transparencia: Informar a las plataformas sobre el número de registro asignado.
9. Obligaciones para plataformas digitales:
1. Verificación del Registro: Solo pueden anunciar propiedades con número de registro válido.
2. Control Periódico: Realizar comprobaciones regulares sobre la validez de los datos.
3. Retirada de Anuncios Irregulares: Eliminar anuncios ilegales en un plazo de 48 horas.
4. Transmisión de Datos: Compartir mensualmente información sobre actividad (número de noches alquiladas, ocupantes, etc.) con la Ventanilla Única.
10. ¿Qué información incluirá el registro?
Dirección, referencia catastral o matrícula del inmueble.
Tipo de unidad (vivienda completa, habitación, embarcación, etc.).
Número máximo de huéspedes permitidos.
Licencias, autorizaciones o declaraciones responsables.
Finalidad del alquiler (turística o no).
11. Sanciones por incumplimiento:
Prohibición de anuncios sin registro válido.
Eliminación de anuncios en 48 horas por parte de plataformas tras notificación de irregularidades.
Inspecciones y sanciones aplicables según la normativa estatal, autonómica y local vigente.
12. Ventajas del Registro Único:
Transparencia y seguridad jurídica para arrendadores e inquilinos.
Control del fraude: Garantiza que las propiedades cumplen la normativa.
Mejora de estadísticas: Facilita la recogida de datos sobre el mercado del alquiler.
Acceso público a información: Mejora la confianza en el mercado.
Resumen final:
Este decreto establece un sistema obligatorio de registro para los alquileres de corta duración, tanto turísticos como no turísticos, mediante el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles. También se crea la Ventanilla Única Digital para facilitar la gestión de datos y el control por parte de las autoridades.
Su objetivo es garantizar transparencia, cumplir con las normas europeas y facilitar el control e inspección para reducir el fraude y aumentar la oferta de alquileres a largo plazo.
Fecha clave:
La norma entra en vigor el 2 de enero de 2025, con un periodo de adaptación hasta el 1 de julio de 2025.


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